Seis meses de prisión para un cardiólogo que intentó grabar en Valencia a una médico residente en la ducha del hospital

El acusado debía practicarle una maniobra en la que solo tenía que tocarle el abdomen. Sin embargo, durante la exploración, la sometió a tocamientos en sus partes íntimas.El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la pena de seis meses de prisión y multa de 3.600 euros impuesta a un cardiólogo que intentó grabar a una médico residente en una ducha de un hospital de Valencia en el que ambos trabajaban. /INFORMAVALENCIA.COM

El Tribunal Supremo desestima el recurso del procesado y avala la decisión del TSJ valenciano que le condenó por un delito contra la intimidad en grado de tentativa

Valencia, viernes 31. 03. 23

REDACCIÓN informaValencia.com

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la pena de seis meses de prisión y multa de 3.600 euros impuesta a un cardiólogo que intentó grabar a una médico residente en una ducha de un hospital de Valencia en el que ambos trabajaban.

Los magistrados han desestimado el recurso del hombre y han avalado la decisión del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de ratificar la sentencia de la Audiencia de Valencia que le condenó por un delito contra la intimidad en grado de tentativa.

Según consta en la sentencia, los hechos se remontan a 2019, cuando durante una guardia el cardiólogo preguntó a la médico residente si iba a ducharse en el baño de uso común por el personal sanitario. Ella dijo que sí y él le pidió que antes le dejase entrar. Se trataba de un pequeño aseo con un lavabo, un inodoro y una ducha separada del resto por un tabique y una puerta traslúcida.

En 20 folios, consta cómo el hombre instaló un teléfono tras la rejilla que cerraba un hueco de ventilación con la finalidad de captar imágenes de quien lo usara después y tapó las partes más brillantes del móvil con tinta negra, con unos trozos de papel o cartón del mismo color.

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Cuando salió del aseo, donde estuvo unos 15 minutos, le dijo a la médico residente que ya podía entrar. Ella desconfió del hombre -por su actitud y por comentarios anteriores- y decidió examinar el lugar. Fue así como descubrió que la rejilla estaba abierta y que detrás estaba el teléfono que había ocultado el cardiólogo.

El acusado reconoció que el aparato era suyo y quiso quitar importancia a su acción diciendo que era una «tontería» y una «chiquillada». Además, le pidió a la joven que no le denunciara. La Policía requisó sin éxito el teléfono, que no pudo ser examinado pericialmente por hallarse bloqueado y porque ninguna de las claves proporcionadas por el acusado permitió el desbloqueo.

La médico residente llevó el caso ante los tribunales y ganó. El hombre, disconforme con las resoluciones, acudió al Tribunal Supremo para defender que su intención no era grabar a nadie en la ducha, sino comprobar que podían captarse imágenes de la repisa del lavabo y, de ese modo, descubrir a quien, días antes, había sustraído de dicho lugar varias pertenencias.

«Urdió un plan para lesionar la intimidad»

Los magistrados de la Sala de lo Penal no han estimado sus argumentos y han acordado confirmar la condena al considerar que de los hechos probados se deduce que el condenado «urdió un plan con la finalidad de lesionar la intimidad» de la médico residente.

En la resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Javier Hernández, el tribunal ha indicado que los hechos probados llevan a concluir que lo que pretendía el cardiólogo era «captar imágenes» de la joven «mientras se duchaba».

A su juicio, esta conclusión se presenta «no solo como la hipótesis más altamente probable, sino que, además, sitúa a la hipótesis defensiva del recurrente en un territorio de irrelevante posibilidad fenomenológica».

El Supremo ha recalcado que la sentencia del tribunal valenciano analiza con detalle la explicación ofrecida por el hombre y descarta que pueda ser atendida. Para los magistrados, ante «la ausencia de acreditación» de que alguien se hubiese llevado las pertenencias del cardiólogo días antes, «resulta imposible identificar relación posible de utilidad entre dicha colocación y el fin que, se afirma, perseguía con ello: identificar a la persona responsable de la afirmada sustracción».

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