Se presentarán en los centros educativos durante el período de formalización de la matrícula
Valencia, martes 07. 06. 22
A. CASAÑ
La conselleria de Educació ha publicado en el ‘Diario Oficial de la Generalitat Valenciana’ la convocatoria de las becas de comedor escolar en los colegios públicos para el próximo curso escolar 2022-2023.
El plazo para presentar las solicitudes es hasta la finalización del período de formalización de la matrícula el próximo 6 de julio. El documento de la convocatoria de estas becas se puede consultar en el siguiente enlace: consultar aquí .
Tramitación de la beca de comedor
Por cuarto año, las familias que tienen acceso al ‘Web Família’, y que ya pidieron las becas de comedor el curso pasado, podrán acceder a esta aplicación informática para visualizar y descargar su borrador de solicitud de ayuda, en el que estarán pregrabados los datos que constan en poder de esta administración. Si las familias están de acuerdo con los datos facilitados, deben imprimir, firmar y presentar el borrador en el centro donde estarán matriculados durante el curso 2022-2023, sin que sea necesario presentar la documentación.
Sin embargo, las familias que no sean usuarias del ‘Web Família’, que recibieron la beca el curso anterior y que mantienen las mismas condiciones sólo deben confirmar un borrador de solicitud con los datos que estén en poder de la Administración, y que deben solicitarlo en el centro donde estén escolarizados sus hijos. De este modo, tan sólo debe confirmarse el borrador de solicitud a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el DOGV.
Los alumnos que no solicitaron la beca el año pasado deben presentar tanto la solicitud como la documentación acreditativa que se requiera en el centro donde estará matriculado, a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria y hasta a la finalización del período de matrícula si continúa en el mismo centro, o bien durante el período de formalización de matrícula en caso de que cambie de centro educativo.
Alumnos beneficiarios
Podrán solicitar las ayudas los alumnos escolarizados en niveles de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Especial o en el tercer nivel de Educación Infantil de primer ciclo de los centros que participan en el programa de incorporación del nivel educativo de 2 a 3 años en colegios de
La resolución establece el umbral máximo de renta para poder solicitar las ayudas, que para una familia de cuatro miembros queda establecido en 38.831 euros anuales, teniendo en cuenta la renta de 2021. Asimismo, se fija la baremación aplicable en función de la renta familiar anual disponible ‘per cápita’, que va desde los 20 puntos para una renta ‘per cápita’ de un máximo de 393 euros hasta 1 punto para una renta ‘per cápita’ de más de 7.467 euros.
También se valorarán las circunstancias sociofamiliares especiales de los alumnos, por lo que se concederán hasta un total de 2 puntos por ser alumno de centros singulares de compensación de dificultades (1 punto); por la situación de desempleo del padre o madre o tutores (1 punto); por tener la condición de persona refugiada (1 punto); por ser hijo de familia monoparental o familia numerosa de cualquier categoría (1 punto); por diversidad funcional de algún miembro de la familia igual o superior al 33% (1 punto); porque el padre, madre o tutores tiene o tienen la condición de persona toxicómana, alcohólica o reclusa (1 punto), y por ser huérfano absoluto (2 puntos).
En cuanto a la cuantía de las ayudas, los alumnos beneficiarios percibirán hasta 4,25 euros diarios en caso de que curse Educación Infantil, Educación Primaria y ESO; hasta 5,44 euros, en el caso de alumnado de Educación Especial y hasta 12,25 euros, para escolarizados en escuelas hogar.
Beneficiarios directos
Se considerará beneficiario directo de la ayuda y, por tanto, recibirá el importe máximo los alumnos de la renta valenciana de inclusión, así como los de segundo ciclo de Educación Infantil y el de Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria que haya sido escolarizado obligatoriamente en un centro de un municipio distinto al de su residencia porque no existe en esta oferta educativa.
También lo serán los alumnos escolarizados en centros específicos de Educación Especial o en aulas específicas de Educación Especial en centros ordinarios de titularidad de la Generalitat, privados concertados o de titularidad pública distinta a la Generalitat, así como los que se encuentren en situación de acogida familiar o residencial, al igual que los hijos de familias acogedoras, los hijos de víctimas de violencia de género y las víctimas del terrorismo.
Toda la información sobre las becas de comedor está disponible en el sitio web: consultar aquí
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