En EspaƱa, una de cada cinco familias numerosas es monoparental

Familias numerosas/Img.vigopeques

Según los datos estadísticos, en 2018 aumentó este colectivo de familias en 55.350, lo que supone un 3 por ciento mÔs que el año anterior

Valencia, lunes 22 de julio de 2019

informaValencia.com.- MÔs de 2 millones de hijos forman parte de una familia numerosa, de las que el 61,7% estÔn compuestas por tres vÔstagos; el 21,55 por ciento por dos y el 11,11 por ciento por cuatro. En España hay 696.798 familias numerosas, de las cuales, una de cada cinco son monoparentales (145.382); es decir, con un progenitor y tres o mÔs hijos, según datos del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

Dichas estadísticas muestran que en 2018 ha aumentado este tipo de núcleos familiares en 55.350, lo cual supone un 3 por ciento mÔs que el año anterior.

A partir de los cuatro hijos, el número de familias desciende, siendo aquellas con diez o mÔs, las mÔs escasas, aunque en España hay 153 que cumplen este perfil. Hay 15.150 familias con cinco hijos, 3.680 con seis, 1.093 con siete, 510 con ocho y 192 con nueve.

Respecto a la nacionalidad, el 85 por ciento de los tƭtulos corresponden a familias espaƱolas, mientras que los de nacionalidad extranjera alcanzan el 15 por ciento.

Andalucía es la región con el mayor número de títulos de familia numerosa expedidos, 138.620, a la que le siguen Cataluña con 125.626 y Madrid con 115.575.


Deducciones en el IRPF, preferencia para obtener becas, reducciones del 50 por ciento o exención de tasas y precios en la educación pública o descuentos del 5 por ciento o el 10 por ciento en vuelos nacionales, son algunos de los beneficios de los que pueden disfrutar estas familias

En España se consideran familias numerosas aquellas que estén integradas por uno o dos progenitores con tres o mÔs hijos (sean o no comunes) o con dos hijos en el caso de que uno tenga una discapacidad superior al 33 por ciento o esté incapacitado para trabajar.

AdemÔs, si los dos ascendientes tienen discapacidad, uno de ellos estÔ incapacitado para trabajar o tiene una discapacidad del 65 por ciento también podrÔn disfrutar de esta condición.

En caso de que la madre o el padre estén separados o divorciados, serÔn considerados como familia numerosa si sus hijos estÔn bajo su dependencia económica, al igual que dos hermanos huérfanos, sometidos a tutela, así como tres o mÔs hermanos huérfanos mayores de 18 años (o dos, si uno tiene discapacidad) que convivan y tengan dependencia económica entre sí.

Los hijos formarÔn parte de la familia numerosa cuando: estén solteros; tengan 25 años o menos y estén cursando estudios universitarios o de FP (excepto si tienen discapacidad o incapacidad para trabajar que lo serÔn de por vida); vivan con sus padres; y dependan económicamente de ellos. Los viudos o viudas con dos o mÔs hijos también tienen la consideración de familia numerosa.

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