Después de convocar elecciones, el Gobierno aprueba el proyecto de ley de Educación

Deroga la Lomce del PP y resta importancia a la asignatura de Religión, aunque modera al ataque a la concertada

Valencia, 15 de febrero de 2019

A.Casañ. «Es un proyecto muy enriquecido por la comunidad educativa y muy respaldado», ha asegurado la ministra de Educación y portavoz del Gobierno, Isabel Celaá, en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros,  que ha defendido que el proyecto de ley es «imprescindible» por su propósito de derogar la Lomce. «La Lomce ha hecho descender el número de graduados en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) en tres puntos y dos puntos en Bachillerato. No conviene a la educación española y nos separaba del trabajo que viene haciendo la Unión Europea en relación a competencias educativas».

La llamada ley LOMLOE, (ley Celaá en término coloquial), debe pasar ahora al Congreso, pero dado que Pedro Sánchez ha convocado elecciones para el 28 de abril, el 5 de marzo se disolverán las Cortes por lo que la tramitación parlamentaria quedará suspendida.

El Gobierno ha seguido adelante con sus planes, pese a las críticas de la comunidad educativa y tampoco ha tenido en cuenta al Consejo de Estado, el supremo órgano consultivo del Gobierno. Por esta institución debería haber pasado el texto antes de llegar al Consejo de Ministros aunque el argumento del Gobierno es que el informe del Consejo de Estado «no es preceptivo». El PP y Cs, sin embargo, sostienen lo contrario y aseguran que el Gobierno sí estaba obligado a considerar el dictamen del Consejo de Estado.

La nueva ley deja a la Religión fuera de las asignaturas de Primaria, ESO y Bachillerato (la Lomce la incluía como específica en los dos primeros niveles y a escoger en el tercero). Por otro lado, suprime el artículo que permitía que Religión computara para la nota media del alumno y, además, se elimina el apartado que dejaba la determinación sobre el currículo y los libros de texto a las autoridades religiosas.

También elimina del artículo 109.2 de la Lomce la alusión a la «demanda social», es decir, que las plazas en los centros públicos y concertados variarán en función de lo que pidan los padres. Celaá argumentó en su día que ese criterio es un «eufemismo para propiciar que la escuela pública pueda ser considerada subsidiaria de la concertada».

Sin embargo y de cara a las elecciones, el PSOE ha optado por suavizar el texto. Por ejemplo, añade en el artículo 109.2 la alusión a la elección, entendida como elección de las familias.

Otro apartado controvertido del anteproyecto se refería a la constitución del consejo escolar de los centros concertados. En él se mencionaba, entre otros, a un «concejal o representante del Ayuntamiento» que la concertada entendió como el intento de poner comisarios políticos». El nuevo texto ahora solo habla de «representante del Ayuntamiento».

Escuelas Católicas señaló, sin embargo, a través de un comunicado que consideran que basándose en la nueva redacción del artículo 109.3, «el proyecto contraviene los derechos y libertades de padres y titulares, obviando el carácter complementario de la enseñanza concertada en la prestación del servicio público y social de la educación, que reconoció la propia LOE en 2006″.

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Desprecio al castellano

El redactado final es más ambiguo que el anterior en cuanto a la competencia plena de la Generalitat a la hora de fijar el papel del castellano en la enseñanza, aunque sigue manteniendo que el gobierno autonómico debe ser el que controle que se aplican las medidas pertinentes para «garantizar el dominio» de esta lengua en las aulas catalanas.

El anteproyecto presentado en noviembre supuso un giro de tuerca respecto a la obligación establecida por la justicia de impartir clases en castellano «en una proporción razonable». Esta última palabra cayó del redactado y se dio margen absoluto a las comunidades para «fijar la proporción del uso de la lengua castellana y la lengua cooficial como lengua vehicular». El anteproyecto las empoderó también para establecer «las materias que deban se impartidas en cada una de las lenguas (catalán y castellano) pudiendo hacerlo de forma heterogénea en su territorio, atendiendo a las circunstancias concurrentes», idea que va en la línea del anuncio desde hace años de la consejería de Educación de que «en las zonas de mayoría de alumnos catalanohablantes se refuerza el español», algo que, según denuncian las entidades de defensa del castellano, «nunca ha sucedido».

Enseñanza en castellano

La ley aprobada ayer obvia estos detalles referentes a la capacidad ejecutiva del Govern por lo que respecta a las horas que se imparten en castellano y se limita a afirmar, como en el anteproyecto de finales de 2018, que «las administraciones educativas garantizarán el derecho de los alumnos y alumnas a recibir enseñanzas en castellano, lengua oficial del Estado, y en las demás lenguas cooficiales en sus respectivos territorios», lo que desde algunas asociaciones de defensa del castellano se interpreta como un gesto de rebajar el tono del anterior redactado. Recuerda también, como en el documento previo, que el castellano es «lengua vehicular» en Cataluña, de acuerdo con «la normativa aplicable».

«Pleno» dominio

En el punto 2 de la disposición adicional trigésima octava, la ley subraya que el dominio del castellano que debe tener el alumnado de esta comunidad debe ser «pleno», concepto que no aparecía en el anteproyecto en el que solo se apuntaba que todos los alumnos deben alcanzar la «competencia en comunicación lingüística, en lengua castellana».

Sin embargo, el documento deja claro que corresponde a las «administraciones educativas (en este caso la Generalitat) aplicar los instrumentos de verificación, análisis y control propios del sistema educativo y promover la realización de análisis por parte de los centros, de modo que se garantice» que los alumnos de esta comunidad alcanzan la competencia «en el grado requerido» en lengua castellana «impulsando la adopción de las medidas necesarias para compensar las carencias que puedan existir en cualquiera de las lenguas».

Bachillerato con suspenso

El texto también permite la obtención del título de Bachillerato con una asignatura suspensa o la posibilidad de realizarse esta etapa en tres cursos en lugar de los dos como se ha hecho hasta ahora. Esto significa que los alumnos pueden pasar de 1º a 2º con más de dos asignaturas suspensas en lugar de repetir. En 2º se cursarían las suspensas más las de este curso. En un hipotético 3º curso se matricularían de las pendientes el curso anterior.

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