Se publica la RESOLUCIÓN por la que se nombran los órganos de selección – tribunales y comisiones de selección – que han de juzgar el procedimiento selectivo de ingreso y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades en el cuerpo docente de maestros.
A recordar:
– Los miembros de los órganos de selección deberán abstenerse de intervenir, cuando hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas para el mismo cuerpo de maestros y la misma especialidad en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. En caso contrario, podrán ser recusadas por las personas que participen en el proceso.
– El plazo para manifestar la abstención será de cinco días hábiles contados a partir del 12 de junio.
Para consultar los tribunales y las comisiones de selección: ANEXOS
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