BONO INFANTIL PARA ALUMNOS DE 0 A 3 AÑOS

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Se ha publicado la ORDEN de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte que establece las bases reguladoras que regirán el programa de ayudas Bono Infantil destinado a la concesión de ayudas económicas a la escolarización del alumnado de 0 a 3 años matriculado en centros de educación infantil de primer ciclo y en escuelas infantiles municipales, para su financiación total o parcial.

Con el objeto de atender en mayor medida a las familias con menos recursos, se establece como criterio para la asignación de las ayudas las características socioeconómicas del alumnado. En este sentido, las ayudas se concederán en función de los niveles de renta de las familias.

Además, la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte promoverá la financiación del coste total de la escolarización del alumnado de 2-3 años matriculado en escuelas infantiles municipales de la Comunidad Valenciana a partir del curso 2018-2019.

El procedimiento de concesión de estas ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva y se iniciará mediante la publicación, en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de la convocatoria.

Los beneficiarios serán: El alumnado de 0 a 3 años matriculado en centros de educación infantil autorizados y el de 0 a 2 años matriculado en escuelas infantiles municipales de la Comunidad Valenciana, quienes tendrán financiado de manera parcial el coste de la escolarización.

El alumnado, para poder ser beneficiario de estas ayudas, deberá cumplir, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos y obligaciones:

1. Haber nacido o estar previsto su nacimiento (nasciturus) con anterioridad a la fecha que se determine en cada convocatoria.
2. Estar matriculado, en el curso escolar al que se refiera la convocatoria, en el primer ciclo de Educación Infantil en una escuela municipal o centro.
3. Haber presentado la solicitud de ayuda y la documentación que se determine.

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Las personas solicitantes podrán acceder a la aplicación de la Conselleria (próximamente) y cumplimentar la solicitud de la ayuda, la cual deberá entregar en el centro o escuela municipal donde su hijo o hija esté matriculado, junto con la documentación preceptiva señalada.

Cada centro y escuela municipal dispondrá, a través de la aplicación informática de la Conselleria, de un listado detallado del alumnado beneficiario de su centro o escuela municipal, que será custodiado por la dirección del centro o escuela municipal. Este listado podrá ser consultado por las personas solicitantes individualmente para poder comprobar los datos que les afecten. Asimismo, las personas solicitantes podrán consultar telemáticamente la situación de su solicitud en ese listado provisional, en la dirección electrónica que les será facilitada desde la Conselleria.

La presente orden entrará en vigor a partir de mañana sábado, 19 de mayo.

Más información:

http://www.dogv.gva.es/datos/2018/05/18/pdf/2018_4898.pdf

http://www.dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2018/4898&L=0

Seguiremos informando.

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