Educacion

BECAS A LA EXCELENCIA ACADÉMICA UNIVERSITARIA

Se convocan becas para la promoción de la excelencia académica destinadas a las personas que hayan concluido, durante el curso 2016-2017, estudios de educación universitaria en las universidades públicas de la Comunitat Valenciana y estudios superiores en centros de titularidad pública adscritos al Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana.
La beca consistirá en la exención del pago de matrícula en un curso de formación o máster, afín a los estudios realizados por el alumnado, impartido en instituciones públicas o privadas, nacionales o internacionales.
El curso de formación o máster deberá realizarse en el curso 2017-2018 o en el 2018-2019.
Asimismo, se expedirá un diploma acreditativo de la excelencia académica al alumnado que obtenga la máxima puntuación de entre todo el alumnado que haya finalizado sus estudios en el curso 2016-2017.
El importe máximo de la beca será de 3.000 euros.
Podrá ser beneficiario/a de la beca:
a) Alumnado que haya finalizado sus estudios de grado en las universidades públicas de la Comunidad Valenciana.
b) Alumnado que haya finalizado sus estudios superiores en enseñanzas artísticas en los centros de titularidad pública adscritos al Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunidad Valenciana (ISEACV).
El número de personas beneficiarias por universidad será de uno por cada título superior siempre que haya completado el plan de estudios en el curso académico 2016-2017.
El número de personas beneficiarias por centro de titularidad pública adscrito al ISEACV será de uno por cada una de las cinco modalidades de enseñanza superior: Arte Dramático, Artes Plásticas (Cerámica), Danza, Diseño y Música, siempre que la persona beneficiaria haya completado sus estudios en el curso académico 2016-2017.

Cada universidad y el ISEACV presentarán en el Registro General de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, o mediante cualquiera de los registros previstos la siguiente documentación, que tendrá la consideración de solicitud a efectos de estas becas:
– Personas beneficiarias propuestas.

-Denominación del máster o curso de formación y de la institución nacional o internacional que lo imparte.

– Curso académico en el que la persona beneficiaria va a realizar el máster o curso de formación.

– Certificado de la institución en el que se acredite la formalización de la matrícula por el alumnado beneficiario con el importe de la matrícula en euros.

– Autorización del alumnado a la Conselleria competente en materia de universidades para la verificación de sus datos personales en el Sistema de Verificación de Datos de Residencia e Identidad.

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–  Declaración responsable del alumnado de no estar incurso en prohibición alguna para obtener la condición de beneficiario.

Además, cuando el alumnado realice el curso de formación o máster en una institución distinta a las universidades públicas y/o privadas de la Comunidad Valenciana y/o el ISEACV, también se remitirá:
– Autorización del alumnado a la Conselleria competente en materia de universidades para comprobar, por medios telemáticos, que están al corriente de las obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Hacienda Autonómica Valenciana y con la Tesorería General de la Seguridad Social.
– Modelo cumplimentado de domiciliación bancaria mediante documento normalizado.

El plazo de que dispondrán las universidades y, en su caso, el ISEACV, será el establecido a continuación:
Para el alumnado que esté realizando el curso de formación o máster en el curso académico 2017-2018, las universidades o, en su caso, el ISEACV deberán presentar la documentación relacionada anteriormente hasta el día 31 de mayo de 2018, inclusive.
Para el alumnado que vaya a realizar el curso de formación o máster en el curso académico 2018-2019, las universidades o, en su caso, el ISEACV deberán presentar la documentación relacionada anteriormente hasta el día 30 de octubre de 2018, inclusive.

La publicación de la relación de alumnado beneficiario del diploma acreditativo de su excelencia académica y/o del máster o curso de formación con los importes concedidos aparecerá en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana en el plazo máximo de 6 meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Se expedirá un certificado acreditativo de la excelencia académica tanto a los beneficiarios/as becados para la realización del máster o curso de formación como a los aspirantes propuestos/as que no formalicen la matrícula en un máster o curso de formación.
Más información: http://www.dogv.gva.es/datos/2018/03/29/pdf/2018_3122.pdf

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