AUXILIARES DE CONVERSACIÓN A 1000 EUROS

A partir de hoy, 30 de marzo, entra en vigor el Decreto que establece las normas reguladoras por las que el personal auxiliar de conversación en lengua extranjera en los centros educativos valencianos públicos de Educación Primaria podrá tener acceso a las subvenciones directas de la Conselleria de  Educación, Investigación, Cultura y Deporte (desde el 8 de enero hasta el 30 de junio de 2018).

La dotación para el mismo será una cantidad mensual en concepto de ayuda para la dieta de manutención y alojamiento de 1.000 euros por auxiliar de conversación; y su horario semanal será de 16 horas, entre las que se incluirán también  las horas de coordinación con el profesorado del centro.

Será beneficiario de esta subvención el personal auxiliar de conversación en lengua extranjera seleccionado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo con la resolución anual por la que se convocan plazas de personal auxiliar de conversación extranjero.

– Las personas beneficiarias de estas subvenciones están obligadas a:

a) Realizar la finalidad para la que se les ha concedido la subvención.

b) Someterse a la normativa de supervisión, seguimiento y control de subvenciones así como facilitar toda la información requerida por la Dirección General de Política Educativa de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte.

c) Quedar, en todo caso, sujetos a las obligaciones impuestas por el artículo 14 y concordantes de la Ley general de subvenciones.

d) Participar en la formación previa al desarrollo de su actividad que pudiera establecer la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte.

e) Empezar y finalizar sus actividades en el centro educativo en los plazos establecidos por la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte.

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f) Cumplir con el horario asignado, que será de dieciséis horas semanales.

g) Comunicar a la dirección o a la jefatura de estudios del centro educativo, lo más pronto posible, cualquier incidencia en relación a sus obligaciones.

h) Presentar en el momento de incorporación en el centro educativo una certificación negativa de delitos de naturaleza sexual expedido por el registro de delincuentes sexuales o por el registro de penates de su país.

– Además, el importe de la subvención asignada a cada auxiliar quedará minorada proporcionalmente en los siguientes casos:

a) Por incumplimiento de las horas semanales de dedicación, por causas no justificadas.

b) Por la incorporación posterior del auxiliar por causas imputables a la persona interesada.

c) Por cese anterior al 30 de junio de 2018.

– Es importante recordar también que para el personal auxiliar procedente de países extracomunitarios, que no puedan obtener la tarjeta sanitaria europea en sus países, la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana suscribirá una póliza de seguros que proporcione cobertura de asistencia sanitaria a este personal auxiliar, así como una póliza de seguros que proporcione cobertura de repatriación a todos los beneficiarios de las subvenciones.

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