EDUCACIÓN
La Comisión Europea financió, en 2008, otro proyecto internacional de creación de indicadores de participación de los padres en la educación, basado en derechos individuales y colectivos (Proyecto IPPE, Vega y cols., 2011), en el que se definieron los siguientes niveles:
1.lndicadores del derecho a la información: ¿Qué información está a disposición de los padres y cuál debe estar de manera obligatoria! ¿La información se adapta a las características de los padres del centro?
2.lndicadores del derecho a elegir: ¿Existe un paisaje diversificado de proyectos de centro? ¿Existen medidas financieras que permitan a los padres elegir escuela?
3.lndicadores del derecho de recurso: ¿Existen mecanismos que permitan ejercer el derecho de recurso?
¿En qué ámbitos? ¿Los mecanismos de recurso son eficaces?
4.lndicadores del derecho de participación: ¿Existen órganos de participación de los padres y cuáles son sus competencias en los diferentes niveles? En los órganos de participación, ¿cuál es el tipo de representación prevista para los padres? ¿El Estado recoge regularmente la opinión de los padres de familia: ¿Existe un procedimiento de formación de los padres de familia?
Claramente se puede comprobar que, tanto en en ámbito nacional como en el internacional, la participación de los padres se considera un elemento fundamental de calidad educativa. No obstante, autores como Epstein (2011) insisten en que no hay un acuerdo pleno en el cómo y en el tipo de prácticas con la: que obtener una mayor implicación de los padres.
La literatura recoge definiciones muy genéricas y muchos datos sobre sus efectos positivos, pero no SE llega a delimitar qué es lo que resulta más eficaz del parent involvement. De ahí que sea de gran interés educativo profundizar en el concepto de participaciór educativa o participación de los padres en la escuela, tratando de identificar sus elementos más relevantes, que permitan valorar la participación real de los padres en el sistema educativo.
Agregar comentario