Valencia

FOMENTAR LA IGUALDAD TIENE SUBVENCIÓN

Ya se pueden solicitar las ayudas para el desarrollo de programas que fomenten la igualdad entre hombres y mujeres así como el asociacionismo de mujeres en la Comunidad Valenciana, destinadas a entidades sin ánimo de lucro.

Los programas de promoción y fomento de la igualdad entre mujeres y hombres consistirán en la realización de actuaciones para visibilizar a la mujer en aquellos ámbitos de la sociedad ocupados tradicionalmente por hombres, mientras que los programas para fomentar el asociacionismo de mujeres tendrán  la finalidad de potenciar y fortalecer el tejido asociativo de mujeres como cauce para promover la participación y la presencia de las mujeres en condiciones igualitarias en todos los ámbitos de la sociedad.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades sin ánimo de lucro que tengan entre sus fines la promoción y fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Para el caso de programas de «fomento del asociacionismo femenino» podrá ser beneficiaria, además, cualquier asociación de mujeres que acredite que, al menos, el 90 % de las personas asociadas son mujeres.

En el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro correspondiente.

Cada entidad podrá presentar una única solicitud por programa.

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El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana; es decir, desde hoy, 3 de enero de 2018.

La solicitud y la documentación que las acompaña se presentarán exclusivamente por vía electrónica, mediante la firma electrónica de la entidad solicitante o de la persona que la represente.

La solicitud de presentación telemática y la documentación anexa, estarán accesibles en la sede electrónica de la Generalitat, https://sede.gva.es  y en http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_ proc=18186&version=amp

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (3 de enero de 2018). Transcurrido el plazo señalado sin que se haya notificado resolución expresa, las personas interesadas podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.

El órgano instructor publicará los requerimientos de subsanación en la web de la Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género: http://www. inclusio.gva.es/ca/web/mujer/ayudas-promocion-igualdad-y-asociacionismo-mujeres. Además,  la resolución del procedimiento se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en la página web de la Dirección General del Instituto Valenciano de las Mujeres y por la Igualdad de Género.

Más información:  http://www.dogv.gva.es/datos/2018/01/03/pdf/2017_12221.pdf

 

 

 

 

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