Prohiben llevar pañuelo a una alumna musulmana en Valencia

El reglamento del centro escolar prohibe llevar la cabeza cubierta

Una joven musulmana de 22 años, nacida en España y de nacionalidad española, lleva una semana sin poder entrar en un instituto público de Valencia ante su negativa a quitarse el pañuelo que le cubre la cabeza, el hiyab, antes de entrar en clase. Ella considera que forma parte de su identidad religiosa, según ha denunciado este viernes el abogado de SOS Racismo Francisco Solans.

El centro justifica la medida en un reglamento que prohíbe la asistencia a clase con la cabeza cubierta, han confirmado fuentes de la consellería de Educación. La consejería ha enviado a un inspector al centro para mediar en el conflicto, pero no se ha alcanzado hasta el momento una solución.

La joven estudia en horario de tardes un grado de Turismo en Formación Profesional, enseñanza postobligatoria, y es huérfana de padre. Sus progenitores, según ha indicado Solans, se exiliaron en España por motivos políticos.

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Fuentes de la consellería de Educación han indicado que el reglamento no está pensado para prohibir manifestaciones religiosas como el hiyab, si no otro tipo de cuestiones, como la asistencia de alumnos con gorras o bragas en la cabeza. Pero que el instituto, que tiene autonomía en la aplicación del reglamento, considera que hacer una excepción con el hiyab le impediría mantener la norma para el resto de estudiantes, añade la consejería.

La norma del instituto Benlliure, situado junto a los Jardines de Viveros de Valencia, prevé la excepción de que los alumnos vayan a clase con la cabeza cubierta si es por motivos de salud, como aquellos que siguen tratamientos de quimioterapia.

En un comunicado enviado por el letrado de SOS Racismo, la entidad afirma que el pañuelo que lleva la joven «no es una prenda que impida ver su cara, ni estorba su identificación, ni nada parecido, tiene una significación única y exclusivamente de expresión de identidad religiosa». Y pide al centro que interprete el reglamento de forma «flexible» y «conforme a los derechos fundamentales de la persona, entre ellos los derechos a la libertad religiosa y de expresión». El caso ha sido denunciado al Defensor del Pueblo y a su versión valenciana, el Síndic de Greuges.

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