Se aplicará a partir del curso escolar 2016-2017 en los centros educativos públicos de la Generalitat Valenciana
El director general de Política Educativa, Jaume Fullana, y el director general de Asistencia Sanitaria, Rafael Sotoca, han firmado un protocolo de colaboración cuya finalidad es describir el procedimiento que tienen que seguir los centros educativos para atender el alumnado con problemas de salud crónica en horario escolar, la atención a la urgencia previsible y no previsible, así como la administración de medicamentos y la existencia de botiquines en centros escolares.
Este protocolo se aplicará a partir del curso escolar 2016-2017 en los centros educativos públicos de la Generalitat Valenciana y también podrán acogerse al mismo el resto de centros.
El director general de Asistencia Sanitaria, Rafael Sotoca, ha señalado que «este protocolo ayuda a facilitar la preservación de la salud de los alumnos con el apoyo de dos consellerias implicadas que abren una línea de trabajo, que es el inicio de muchas acciones en busca de la mejora de la salud de toda la ciudadanía y sobre todo de los más jóvenes».
Por su parte, el director general de Política Educativa, Jaume Fullana, ha destacado que el objetivo «es lograr el beneficio de alumnado para que pueda cursar sus estudios en una situación de normalidad» y también conseguir «que los centros docentes puedan contar con herramientas para saber cómo actuar». Además ha resaltado la línea de colaboración que ha abierto entre las consellerias de Educación y Sanidad.
El documento, por tanto, establece la coordinación entre los centros educativos y los centros de salud, a los cuales están adscritos los centros docentes, con el objetivo de prestar la atención sanitaria adecuada según las necesidades existentes en cada centro educativo.
Dado que las acciones en materia de salud escolar exigen de la actuación coordinada de los departamentos ce sanidad y educación, los centros de salud deberán crear un entorno de normalidad en la escolarización para el alumnado con problemas de salud; facilitar a los centros educativos un marco de organización y funcionamiento de la atención sanitaria (no titulada) al alumnado; y orientar al personal del centro educativo sobre la forma de actuar ante una urgencia sanitaria previsible o no previsible y sobre la administración de medicamentos.
El objetivo es lograr, mediante las acciones coordinadas entre los departamentos de Sanidad y Educación que establece este protocolo, atenuar la incertidumbre y dotar de apoyo al personal docente sobre las responsabilidades de auxilio y acompañamiento.
Coordinación entre el centro de salud y el centro educativo
Para garantizar una atención sanitaria específica óptima en los centros educativos, este acuerdo establece que el jefe de zona básica de salud y el responsable de la dirección del centro educativo organizarán el desarrollo y la implementación del protocolo para la prestación sanitaria específica al alumnado que lo precisa para el curso escolar.
Además, durante el curso escolar, ambos responsables estarán en contacto para compartir información sobre posibles cambios en la situación del alumnado que pudiera modificar el protocolo para la prestación sanitaria específica.
Atención sanitaria al alumnado con enfermedades crónicas, situaciones de urgencia y botiquín
El protocolo además indica que para la prestación de atención sanitaria al alumnado con problemas de salud crónicos se seguirá la planificación del centro sanitario para la atención sanitaria necesaria para este tipo de pacientes.
Respecto a la atención sanitaria en situaciones de urgencia previsible y no previsible, el acuerdo establece que la persona del centro educativo que esté presente en ese momento deberá hacerse cargo de la primera actuación y seguir el procedimiento establecido por este protocolo, que además estará incluido en el Reglamento de Régimen Interior del centro.
Del mismo modo, el protocolo de colaboración recoge como recomendación la presencia de un botiquín en una zona localizada por todo el personal docente, sin cerradura, y fuera del alcance del alumnado, donde sea visible el teléfono 112 de servicios de emergencia, el del centro de salud de referencia y la dirección y el teléfono del centro educativo.
Administración de medicamentos
Según el documento, si un alumno precisa la administración de medicación u otra atención sanitaria necesaria durante el horario escolar, y el médico considera que eso lo puede realizar una persona sin titulación sanitaria, la familia presentará la solicitud de administración, el informe médico de la prescripción de medicamentos en horario escolar y el consentimiento informado junto al informe médico.
Por tanto, será la persona responsable de la dirección del centro docente debe organizar la custodia, el acceso y la administración de medicamentos con la colaboración de todos los profesionales del centro.
Asimismo, el centro mantendrá también un libro de registro que conservará las datos históricas y permitirá conocer con claridad las necesidades de atención de los alumnos actuales.
Responsabilidades derivadas de la atención al alumnado
Según indica el protocolo, las diferentes actuaciones y sus responsables deberán constar en el Reglamento de Régimen Interior del centro docente y el responsable de la dirección del centro organizará la aplicación del documento de atención sanitaria e incorporará en el Reglamento de Régimen Interior aquellas medidas que toda la comunidad educativa deba conocer.
El centro docente se encargará de custodiar la medicación del alumnado y el personal del centro deberá conocer los datos del del alumno en caso de urgencia y los procedimientos de actuación inicial ante urgencias previsibles, e iniciar el procedimiento cuando sea necesario.
Por su parte, las familias deberán aportar al centro el informe médico de alumno, solicitud de administración de tratamiento y consentimiento informado y la medicación prescrita.
El personal sanitario de referencia del centro educativo será el encargado de organizar la aplicación del documento de atención sanitaria en centros educativos en coordinación con los centros educativos de referencia. También establecerá y aplicará el protocolo para la prestación de la atención sanitaria específica para los niños con necesidades de atención en el centro educativo, facilitará la formación sanitaria específica a los profesionales de los centros educativos de acuerdo con las necesidades detectadas y atenderá la urgencia cuando se requiera.
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