Vivienda destina 3,1 millones de euros en ayudas al alquiler para personas en situación de emergencia social

El plazo de solicitudes permanecerá abierto desde el 5 de septiembre hasta el 31 de octubre, aunque el periodo de cobertura abarca todo 2016

La Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, que dirige María José Salvador, destinará un importe de 3.100.000 euros para la concesión de ayudas al alquiler de viviendas a personas o unidades de convivencia que se encuentren en situación de emergencia social en la Comunitat.

Así se desprende de la nueva Orden de ayudas de la Generalitat, que ha publicado este miércoles el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, con el objetivo de facilitar el acceso a la vivienda a las personas que más lo necesitan. El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el próximo 5 de septiembre y finalizará el 31 de octubre. Las ayudas se tramitarán a través de los ayuntamientos de la Comunitat y se podrá subvencionar hasta un 50% de la renta mensual del alquiler, con un máximo de 3.000 euros anuales en función de la zona territorial.

Según ha explicado la directora general de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana, Rebeca Torró, con la publicación de esta nueva línea, «se intenta ayudar al máximo número de personas posible y, sobre todo, a aquellos que más lo necesitan y que están en una situación más complicada». En este sentido, Torró ha recordado que la convocatoria de ayudas al alquiler de 2016 que sacó la conselleria en mayo y que subvencionaba hasta un 40% «ha recibido un elevadísimo número de solicitudes, más de 10.000, con lo que el número de las anteriores convocatorias, donde se solicitaron unas 8.000 y solo se concedieron 2.500». «Queremos poder ayudar a aquellos que tengan pocos medios para hacer frente al pago del alquiler, dado que el objetivo del Gobierno valenciano es garantizar a los ciudadanos una vivienda digna, asequible y adecuada», ha indicado Torró.

Ante esta situación, la Generalitat cree necesario publicar la convocatoria de ayudas para atender a personas y unidades de convivencia que se encuentran en una situación socioeconómica de emergencia social, por debajo del umbral establecido en la anterior convocatoria. Además, en esta nueva orden también se mejora el porcentaje máximo de subvención, al pasar de un 40% de la anterior orden a un 50% en esta nueva.

Para la directora general de Vivienda, Rebeca Torró, «la consellera María José Salvador tuvo claro desde el primer día que se debía proporcionar ayuda a las personas que peor lo están pasando». En este sentido, ha declarado que la Generalitat «sigue con su política social de ayudar a las familias y atender al derecho constitucional de tener una vivienda digna».

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Plazo de solicitud

Según la orden de la Conselleria, el plazo de solicitud comienza a partir del 5 de septiembre hasta el 31 de octubre, y los interesados deberán tramitar las ayudas en sus respectivos ayuntamientos, que serán los que valoren cada caso, porque «son los que mejor conocen la situación de cada familia en su municipio». De esta manera, se agiliza todo el proceso administrativo. El periodo de cobertura abarca desde enero hasta diciembre de 2016. Los ayuntamientos podrán presentar una o varias solicitudes, acompañadas de los informes de sus respectivos servicios sociales.

Por su lado, la Conselleria pagará anticipadamente al ayuntamiento el 30% del importe solicitado y tendrá un periodo de 6 meses para resolver las solicitudes presentadas.

Emergencia social

Los criterios de valoración se regirán por la situación de emergencia social de las unidades de convivencia: no disponer de recursos o ingresos suficientes, que la renta no supere el 1 IPREM y contar con el informe de Servicios Sociales que acredite la situación de emergencia social.

El importe de las ayudas será de hasta el 50% de la renta mensual y un máximo de 3.000 euros en función de los límites de renta establecido en cada ámbito territorial.

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